jueves, 12 de diciembre de 2013

DICTAMEN SOBRE EL CEREMONIAL DE LA DANZA DE LOS VIEJOS

De la Comisión de Cultura y Cinematografía, con punto de acuerdo referente al patrimonio cultural inmaterial de la danza de los viejos de la Huasteca
Honorable Asamblea:
La Comisión de Cultura y Cinematografía, de esta Cámara de Diputados de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 39, fracciones XII; y 45, numeral 6, incisos e), f) y g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 80, numeral 1, fracción VI; 157, numeral 1, fracción I, y 158, numeral 1, fracción IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de este pleno el presente dictamen al tenor de los siguientes
Antecedentes
Primero. Con fecha 9 de octubre de dos mil trece, la diputada Zita Beatriz Pazzi Maza, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó ante el pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de esta LXII Legislatura, la proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al director general del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, así como al presidente del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, al gobierno del estado de Veracruz y al ayuntamiento de Tempoal, Veracruz, a efecto de que garanticen el rescate, el conocimiento, inventario, clasificación, catálogo, registro, restauración, conservación y difusión de los elementos o valores del patrimonio cultural inmaterial de la Danza de los viejos, así como el análisis y propuesta ante la UNESCO de elevar a patrimonio cultural inmaterial de la humanidad la Danza de los viejos.
Segundo. Con la fecha antes señalada, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados mediante oficio número D.G.P.L. 62-II-1-1216, turnó a la Comisión de Cultura y Cinematografía la proposición de mérito, para su respectivo dictamen.
Tercero. Mediante oficio No. CCC/LXII/1252 de fecha 14 de octubre de dos mil trece, la Comisión de Cultura y Cinematografía, envió copia de la proposición con punto de acuerdo turnada, a los diputados integrantes de la comisión, con el fin de que emitieran sus observaciones y comentarios a la misma.
Cuarto. A efecto de cumplir con lo dispuesto por el artículo 84 del Reglamento de la Cámara de Diputados, los integrantes de la Comisión, se reunieron el 27 de noviembre de dos mil trece, para dictaminar la proposición señalada con anterioridad, con el fin de someterla a la consideración del Pleno de esta Cámara de Diputados, al tenor de los siguientes:
Considerandos
Primero. Que esta comisión es competente para conocer y resolver respecto de la proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al director general del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, así como al presidente del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, al gobierno del estado de Veracruz y al ayuntamiento de Tempoal, Veracruz, a efecto de que garanticen el rescate, el conocimiento, inventario, clasificación, catálogo, registro, restauración, conservación y difusión de los elementos o valores del patrimonio cultural inmaterial de la Danza de los viejos, así como el análisis y propuesta ante la UNESCO de elevar a patrimonio cultural inmaterial de la humanidad la Danza de los viejos, de conformidad con lo señalado por el artículo 39 fracción XII de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
Segundo. Que la proposición con punto de acuerdo busca: a) exhorta al director general del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, así como al presidente del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, al Gobierno del Estado de Veracruz y al ayuntamiento de Tempoal, Veracruz, a efecto de que garanticen el rescate, el conocimiento, inventario, clasificación, catálogo, registro, restauración, conservación y difusión de los elementos o valores del patrimonio cultural inmaterial de la Danza de los viejos; y b) el análisis y propuesta ante la UNESCO de elevar a patrimonio cultural inmaterial de la humanidad la Danza de los viejos.
Tercero. Como antecedentes, la diputada proponente refiere que el párrafo décimo segundo del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos, establece que toda persona tiene derecho a la cultura y al disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado en la materia, además de imponer la obligación al mismo de promover los medios para la difusión y desarrollo de la Cultura, atendiendo a la diversidad cultural en todas sus manifestaciones y expresiones con pleno respeto a la libertad creativa, siempre apegado al Estado de derecho.
Que en el año 2003, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), declaró Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad las Fiestas Indígenas dedicadas a los Muertos en México, en las que se celebra el retorno transitorio a la tierra de los familiares y seres queridos fallecidos. Fiestas que tienen lugar cada año a finales de octubre y principios de noviembre. Este período marca el final del ciclo anual del maíz, que es el cultivo predominante en el país (recuperado en septiembre de 2013 desde http://www.unesco.org/culture/ich/es/RL/00054), aunque (se) inscribió sobre la Lista Representativa de dicho registro hasta el año 2008.
Señala la diputada proponente, que esta fiesta tiene como finalidad de facilitar el “regreso” de las almas a la tierra, en estas fechas se colocan ofrendas en altares, en los que se esparcen flores y pétalos de las mismas, además se ilumina el camino con velas, que pueden ir desde el cementerio hasta la casa del difunto, es una fiesta caracterizada por la elaboración de manjares gastronómicos de cada región, pero siempre serán los favoritos de quienes “regresan”.
Que este encuentro anual entre los pueblos indígenas y sus ancestros cumple una función social considerable al afirmar el papel del individuo dentro de la sociedad, que asimismo contribuye a reforzar el estatuto político y social de las comunidades indígenas en México.
Refiere la diputada Pazzi, que además de la gastronomía, rituales, cantos, alabanzas, mitos y artesanías, en el Día de Muertos en la Huasteca Veracruzana, intervienen dos elementos clave, la música y la danza; el primero de ellos compuesto por una infinidad de sones, que son composiciones musicales interpretadas en violín, guitarra y jarana, cuyos ejecutores lo realizan de manera lírica y son temas de dominio público; el segundo es interpretado por cuadrillas de huastecos que bailan en comparsas al ritmo de los sones, disfrazados de “viejos”, es decir un grupo de danzantes que se caracteriza por encontrarse en las calles con la muerte y engañándola porque ella no los reconocerá debido al atuendo que portan, mismo que puede ser de cualquier personaje u oficio de la vida común, pero diferente al que de manera cotidiana porta el “viejo”.
Refiere que en Veracruz, esta festividad es conocida en conjunto como “Xantolo” (chantolo), dicho vocablo es una palabra introducida al náhuatl por la deformación de la frase latina festiu mominum sanctorum, que quiere decir fiesta de todos los santos, es la tradición más importante de esta región, la cual se mantiene muy arraigada (recuperado en septiembre de 2013 desde http://www.cdi.gob.mx/xantolo/xantolo.html).
Comenta la diputada que los esfuerzos por rescatar la danza de los viejos, no han sido suficientes, pese a que el Ejecutivo del Estado de Veracruz en 2007, después de haber asistido a estas actividades celebradas en el mes de noviembre del año 2006 en el municipio de Tempoal, Veracruz, decretó en la Gaceta Oficial del Estado a la Festividad Indígena de Xantolo como Patrimonio Cultural del Estado de Veracruz, que a la letra dice:
Decreto de la festividad indígena de Xantolo como patrimonio cultural del estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Publicado en la gaceta oficial número extraordinario 218 de fecha 23 de julio de 2007.
Artículo 1. Se decreta como Patrimonio Cultural del Estado la festividad indígena de Xantolo que se celebra en la región Huasteca del estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
Artículo 2. El gobierno del estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, por conducto del Instituto Veracruzano de la Cultura, del Consejo Veracruzano de las Artesanías, de la Coordinación de las juntas de Mejoramiento Moral, Cívico y Material, de la Dirección General de Acción Social y de la Coordinación de actividades artísticas de la SEV, realizarán acciones orientadas a conservar, fortalecer y difundir la festividad de Xantolo en coordinación con los ayuntamientos del municipio del estado en donde se celebra esta tradicional festividad.
Artículo 3. En términos de la legislación aplicable a la materia, se convoca a la población, organizaciones no gubernamentales y a la Universidad veracruzana e instituciones de educación superior a conservar la más grande y arraigada de las fiestas tradicionales que se viven en esta entidad federativa.
Certificando en el uso de sus facultades que la festividad de Día de Muertos es la más grande de las fiestas que se viven en la Huasteca, se eleva a rango regional por la gran participación de la población, principalmente en el municipio de Tempoal.
Dice la diputada proponente que a los Diputados corresponde proteger y preservar el patrimonio Cultural Inmaterial de aquellas expresiones que contravienen la originalidad de nuestros pueblos autóctonos, tal es el caso del denominado “Halloween”, que por ser festividad semejante y celebrada en el mismo período del año, confunde a la niñez como producto de la mercadotecnia y la posición geográfica de la huasteca, ya que es vecina de entidades fronterizas, pero nada tiene que ver con nuestra festividad.
De esa manera, sustenta en los contenidos reseñados en este considerando tercero , los motivos de su proposición.
Cuarto. La proposición motivo del presente dictamen contiene dos partes:
a) Exhorta al director general del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, así como al presidente del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, al Gobierno del Estado de Veracruz y al ayuntamiento de Tempoal, Veracruz, a efecto de que garanticen el rescate, el conocimiento, inventario, clasificación, catálogo, registro, restauración, conservación y difusión de los elementos o valores del patrimonio cultural inmaterial de la Danza de los viejos; y b) el análisis y propuesta ante la UNESCO de elevar a patrimonio cultural inmaterial de la humanidad la Danza de los viejos.
Quinto. En efecto, el artículo 4o. constitucional, pero en su párrafo décimo primero, establece los derechos culturales, que son la base fundamental para ser garantizados:
“Artículo 4o. ...
Toda persona tiene derecho al acceso a la cultura y al disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado en la materia, así como el ejercicio de sus derechos culturales. El Estado promoverá los medios para la difusión y desarrollo de la cultura atendiendo a la diversidad cultural en todas sus manifestaciones y expresiones con pleno respeto a la libertad creativa. La ley establecerá los mecanismos para el acceso y participación a cualquier manifestación cultural”.
Sexto. Desarrollar los contenidos del presente Dictamen, implicó analizar y tomar en cuenta diversas disposiciones normativas, tanto en el ámbito internacional como nacional, para determinar la pertinencia de los exhortos a diversas autoridades de los tres órdenes de gobierno, en lo relativo al Patrimonio Cultural Inmaterial, atendiendo a sus funciones específicas, conforme a la normatividad aplicable.
A partir del ámbito internacional, resulta de gran significancia por su contenido orientador la Conferencia General de la UNESCO “para la salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial”, en París, en 2003, en la que establece como finalidad la salvaguardia de este patrimonio, para que sea conforme a acuerdos internacionales sobre derechos humanos y cumpla requisitos de respeto mutuo entre comunidades y compatibilidad con el desarrollo sostenible.
Tiene cuatro objetivos primordiales: 1. Salvaguardar el patrimonio cultural inmaterial; 2. Garantizar el respeto del patrimonio cultural inmaterial de las comunidades, grupos e individuos interesados; 3. Sensibilizar de la importancia del patrimonio cultural inmaterial en el plano local, nacional e internacional y de su conocimiento recíproco; 4. Establecer una cooperación y proporcionar asistencia a nivel internacional.
Además aporta la definición de “patrimonio cultural inmaterial” y sus manifestaciones en diversos ámbitos de la convivencia social:
En el artículo 2, define lo que se entiende por “patrimonio cultural inmaterial”: los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas -junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes- que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial, que se transmite de generación en generación, es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad y contribuyendo así a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana.
El “patrimonio cultural inmaterial”, se manifiesta en particular en los ámbitos siguientes:
a) tradiciones y expresiones orales, incluido el idioma como vehículo del patrimonio cultural inmaterial;
b) artes del espectáculo;
c) usos sociales, rituales y actos festivos;
d) conocimientos y usos relacionados con la naturaleza y el universo;
e) técnicas artesanales tradicionales.
Se entiende por “salvaguardia” las medidas encaminadas a garantizar la viabilidad del patrimonio cultural inmaterial, comprendidas la identificación, documentación, investigación, preservación, protección, promoción, valorización, transmisión -básicamente a través de la enseñanza formal y no formal- y revitalización de este patrimonio en sus distintos aspectos.
Se establece el Comité Intergubernamental para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, con representantes de Estados partes. Entre otras funciones, el artículo 7, inciso g. establece la de examinar solicitudes de las inscripciones en las listas y las propuestas.
El artículo 16, prevé la Lista Representativa del patrimonio cultural inmaterial de la humanidad. A efecto de dar a conocer mejor el referido patrimonio, lograr que se tome mayor conciencia de su importancia y propiciar formas de diálogo que respeten la diversidad cultural, el Comité a propuesta de los Estados Partes interesados, creará, mantendrá al día y hará pública una Lista Representativa del patrimonio cultural inmaterial de la humanidad.
El comité elaborará y someterá a la aprobación de la Asamblea General los criterios por los que se regirán la creación, actualización y publicación de dicha Lista Representativa.
Los criterios para su inscripción en la Lista Representativa deben ser reunidos en su totalidad por los Estados partes, al proponer al elemento, ellos son:
1. El elemento es patrimonio cultural inmaterial, tal y como está definido en esta Convención; 2. La inscripción del elemento contribuirá a dar a conocer el patrimonio cultural inmaterial, a lograr que se tome conciencia de su importancia y a propiciar el diálogo, poniendo así de manifiesto l diversidad cultural a escala mundial y dando testimonio de la creatividad humana; 3. Se elaboran medidas de salvaguardia que podrían proteger y promover el elemento; 4. La propuesta de inscripción del elemento se ha presentado con la participación más amplia posible de la comunidad, el grupo o, si procede, los individuos interesados y con su consentimiento libre, previo e informado; 5. El elemento figura en un inventario del patrimonio cultural inmaterial presente en el territorio del Estado parte solicitante.
México ratificó los términos de la Convención, el 28 de marzo de 2006, en el Diario Oficial de la Federación, se publicó el decreto promulgatorio de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, en el marco de la UNESCO, adoptada en París, Francia el 17 de octubre de 2003.
Para efectos del análisis del presente considerando, es de relevancia el artículo 11 de la Convención, relativo a funciones de los Estados Partes, incumbiendo a cada uno:
a) Adoptar las medidas necesarias para garantizar la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial presente en su territorio.
Así como otras medidas de salvaguardia, cada Estado Parte hará todo lo posible por:
a) Adoptar una política general encaminada a realzar la función del patrimonio cultural inmaterial en la sociedad y a integrar su salvaguardia en programas de planificación;
b) Designar o crear uno o varios organismos competentes para la salvaguardia del patrimonio cultural presente en su territorio;
c) Fomentar estudios científicos, técnicos y artísticos, así como metodologías de investigación, para la salvaguardia eficaz del patrimonio cultural inmaterial y en particular del referido patrimonio, que se encuentre en peligro;
d) Adoptar las medidas de orden jurídico, técnico, administrativo y financiero adecuadas para:
i) Favorecer la creación o el fortalecimiento de instituciones de formación en gestión del patrimonio cultural inmaterial, así como la transmisión de este patrimonio en los foros y espacios destinados a su manifestación y expresión.
ii) Garantizar el acceso del patrimonio cultural inmaterial, respetando al mismo tiempo los usos consuetudinarios por los que se rige el acceso a determinados aspectos de dicho patrimonio.
iii) Crear instituciones de documentación sobre el patrimonio cultural inmaterial y facilitar el acceso a ellas.
Respecto a la normatividad nacional, el artículo 38, fracción XXVIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, establece que corresponde a la Secretaría de Educación Pública (SEP), orientar las actividades artísticas, culturales, recreativas y deportivas que realice el sector público federal.
En el Reglamento Interior de la referida Dependencia de la Administración Pública Federal, prevé en el artículo 2, Apartado B, entre sus Órganos Desconcentrados, en su fracción III, al Consejo Nacional para la Cultura y las Artes (Conaculta).
Es el decreto de 7 de diciembre de 1988, por el que se crea el Conaculta, como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública, que en su artículo 1º establece, que ejercerá las atribuciones de promoción y difusión de la cultura y las artes, que corresponden a la SEP.
En México, son diversas las instituciones y dependencias federales, responsables del cuidado y la valoración del patrimonio cultural, tanto material como inmaterial, como el Instituto nacional de Antropología e Historia, el Instituto Nacional de Bellas Artes, la Dirección General de Sitios y Monumentos del Patrimonio Cultural, el Centro Nacional para la Preservación del Patrimonio Cultural Ferrocarrilero, la Dirección General de Culturas Populares, la Cineteca Nacional y la Fonoteca Nacional.
En el caso del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, tiene la misión de preservar y difundir el patrimonio nacional, estimular y promover la creación de las artes; entre sus objetivos estratégicos, está el conservar y proteger el patrimonio artístico mueble e inmueble en custodia.
Ahora bien, respecto al Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, en su Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado, en su Artículo 32 Bis, establece que la secretaría de Turismo, Cultura y Cinematografía es la responsable de coordinar y ejecutar las políticas públicas y además entre otras, promover e impulsar la difusión de la cultura y de las manifestaciones artísticas; la conservación y el incremento del patrimonio cultural, histórico y artístico de Veracruz.
En su artículo 32 Ter, fracción XXVIII, entre sus atribuciones, promover, coordinar y realizar eventos que difundan las diversas manifestaciones de la cultura y las artes en la entidad.
Asimismo, la Ley del Patrimonio Cultural del referido Estado, establece en su artículo 1o. Que las disposiciones de esta Ley son de orden público, interés social y observancia general y tienen por objeto la identificación, registro, investigación, restauración, protección, conservación, uso, mejoramiento y difusión de los bienes que integran el patrimonio cultural del estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
El artículo 2o. de esta Ley, que será considerado patrimonio cultural del Estado, toda expresión de la actividad humana y del entorno natural que para los habitantes de la Entidad por su significado y valor, tenga importancia intelectual, científica, tecnológica, histórica, literaria, artística, arqueológica, etnológica, arquitectónica y urbana.
El artículo 3o. dispone que el Patrimonio Cultural del Estado estará integrado, entre otros por: el patrimonio cultural intangible (fracción II).
El artículo 8o. de esta Ley del Patrimonio Cultural local, establece que son autoridades para la aplicación de la misma: el Gobernador del Estado; El Secretario de Educación y Cultura; el Director del Instituto Veracruzano de la Cultura; y el Consejo Estatal del Patrimonio Cultural.
Entre las atribuciones del Secretario de Educación y Cultura previstas en el artículo 12, se encuentran: Seguir las políticas, estrategias y acciones en materia de patrimonio cultural del Estado que formule el Ejecutivo (fracción I); y presentar al Gobierno del Estado, en nombre el Consejo Estatal, los proyectos de declaratoria de los bienes que deban constituir el patrimonio cultural (fracción IV).
El Capítulo III de esta Ley, integrado por los Artículos del 17 al 25, establece regulaciones acerca del Patrimonio Cultural Intangible.
El artículo 17 establece que el patrimonio cultural intangible será documentado y protegido mediante programas específicos de identificación, registro, investigación, conservación, protección, fomento, enriquecimiento y difusión.
El artículo 18 prevé que la Secretaría de Educación y Cultura y el Instituto Veracruzano de la Cultura, en coordinación con los organismos de apoyo a que se refiere la Ley, llevará a cabo acciones necesarias para identificar, registrar, investigar, conservar, proteger, fomentar, enriquecer y difundir el Patrimonio Cultural intangible del Estado.
Por último, en el artículo 21, la multicitada Ley del Patrimonio Cultural de Veracruz, dispone que las celebraciones con arraigo e importancia comunitaria o regional, podrán ser declaradas patrimonio cultural del Estado. Y prevé diversas obligaciones para las autoridades de cultura en el Estado, entre ellas, fomento y difusión de actividades tradicionales, su rescate y arraigo.
Séptimo. La cultura es fuente de identidad, cohesión social, expresión y diálogo, que dada la variedad y modalidad de manifestaciones, las instituciones sociales se ven obligadas a sistematizar y a establecer reglas.
Sin embargo, a medida que se transforman las sociedades y se relacionan con otras, se dan condiciones de intercambios e influencias de culturas externas, tanto en lo local como en lo nacional e internacional, pero también generan la necesidad de reafirmar la identidad cultural propia.
Es por ello loable el propósito inserto en la proposición de la diputada Pazzi Maza, dirigido a garantizar el rescate, el conocimiento, inventario, clasificación, catálogo, registro, restauración, conservación y difusión de los elementos o valores del patrimonio cultural inmaterial de la Danza de los viejos; así como de promover su elevación a Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad, para contribuir a arraigar nuestra identidad cultural y a motivar un mayor nivel de conciencia entre los sectores de la sociedad, de la importancia del referido patrimonio cultural inmaterial y su salvaguardia.
Pero ese patrimonio, solo puede serlo si así es reconocido por las comunidades, grupos o individuos que lo crean, practican, mantienen y transmiten. Si no hay ese reconocimiento, nadie puede decidir por ellos, que una expresión o uso determinado forma parte de su patrimonio.
Debe además, ser salvaguardado como parte de la cultura, inherente al ser humano, que va cambiando y evolucionando constantemente, ya que cada generación lo asimila, transforma y adapta, en suma, lo enriquece.
Sin embargo, muchas expresiones y manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial están constantemente amenazadas por la globalización y la homogeneización, aunado a la falta de apoyo, de sensibilidad para apreciar su valor como patrimonio y también como parte de la conservación de la identidad cultural.
Es por ello necesaria una toma de conciencia, de que para que permanezca vivo debe ser preservado y transmitido a las futuras generaciones.
Para su salvaguardia, se requieren medidas distintas a las destinadas a conservar monumentos, sitios y espacios naturales. Si se quiere mantener vivo, ese patrimonio debe ser adecuado dentro de una cultura y ser practicado y aprendido regularmente en las comunidades, así como por las generaciones posteriores, con diversas técnicas, ya sea por vía oral o escrita.
Resulta claro, que proteger y difundir el amplio y valioso patrimonio cultural inmaterial de un grupo, comunidad, municipio, Estado o país, requiere de involucrar a los tres órdenes de gobierno, los sectores de la sociedad, comunidades, grupos y en su caso, a los propios involucrados.
Por estas consideraciones, se estima pertinente la proposición para que desde la Cámara de Diputados Federal, se exhorte a las autoridades competentes, a fin de que se avoquen en el ámbito de sus respectivas competencias a contribuir en la protección del patrimonio cultural del Estado de Veracruz, a que se hace referencia en el contenido de la proposición en análisis; y su proyección como patrimonio cultural inmaterial de la humanidad.
Octavo. En lo que concierne a las tradiciones, costumbres y creencias en torno al día de muertos, es un legado cultural, que se ha mantenido y transmitido de una generación a otra en el pueblo mexicano, desde la época anterior a la llegada de los españoles a América.
Es el único país en el mundo, que destina un día, el 2 de noviembre, para celebrar y honrar a los difuntos. Por ello, la UNESCO en 2003, declaró esta festividad, como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad.
En la actualidad, buena parte del pueblo mexicano, conserva la creencia de que este día se le da permiso del más allá a los difuntos, para venir a disfrutar viandas y bebidas que se colocan en los altares u ofrendas en su honor.
El día de muertos o Xantolo, es una de las festividades más importantes y representativas de la Huasteca Veracruzana, en la región norte de Veracruz,1 donde se le rinde culto a los muertos con actividades que comprenden tres días: el 31 de octubre es el día de los muertos chiquitos, el 1 de noviembre día de los grandes y el 2 de noviembre día de los finados.
Comprende el norte de Veracruz, el sur de Tamaulipas, la Sierra Gorda de Querétaro, parte de los estados de San Luis Potosí e Hidalgo y en menor medida Puebla.
A pesar de que es una festividad que se lleva a cabo en toda la región Huasteca, es precisamente en Tempoal donde se conservan mejor sus raíces. Por su carácter sincrético, la celebración de los muertos en este municipio, es considerada una de las más singulares y raras de México, porque incluye culto tanto a deidades prehispánicas como a las impuestas a los indígenas por los españoles.
En el sitio htttp://eltriohuasteco,blogspot.mx/ se reseña, en referencia al “Ceremonial de la Danza de los viejos” que: “se realiza una representación con los locales disfrazados de “Viejos” con máscaras artesanales, talladas en madera y atuendos de estilo vaquero. También usa un paliacate o una pañoleta para cubrir la parte posterior del cráneo y el cuello mismo.
“Los viejos representan entonces la materialización de las almas de los muertos, por lo que con este carácter pueden entrar a la casa que ellos elijan, tomando así los alimentos de los altares que ellos deseen, pues se dice que las almas de los muertos vienen a bailar y a disfrutar de la comida que se les ofrenda. Sin embargo, detrás de ellos viene la muerte siguiéndolos para llevarlos de regreso y que el alma de los muertos se esconde en el cuerpo de los vivos y el vivo debe ponerse máscara pues la muerte no debe reconocer a los vivos.
“La cuadrilla está formada por el vaquero, quien dirige al grupo y porta un cuerno de vaca con el cual llama a su comparsa para que comiencen a ejecutar la danza, el diablo que porta un látigo o chicote con el que hace múltiples travesuras, la muerte, la señora embarazada, el curandero o curandera, la novia y el novio, el niño y la niña, el doctor y la enfermera, entre otros.
“Se le llama cuadrilla y no comparsa (aunque lo parezca) ya que los personajes principales son cuatro y cada uno de ellos tiene un interesante significado: “El vaquero, quien es el primero en llegar al altar y llama a los demás tocando el cuerno, representa al hombre, su fuerza. Su color representativo es el azul. Prehispánicamente representa “el agua que cae”, la lluvia que fecunda la tierra. Va al frente de la cuadrilla porque representa al hombre, cabeza de la familia, su conductor. El sombrero que posee es símbolo de su conexión con Dios, la reata hace alegoría a la fuerza con la que el hombre sujeta todo lo que ambiciona, y las chaparreras y las espuelas son icono del sincretismo religioso: “La conjunción de la fe cristiana e indígena”.
“El segundo personaje de la cuadrilla es la mujer, “la Mujer Embarazada”. Su color es el verde y representa a “la tierra fecundada” por la lluvia (el hombre). Con ella da inicio “la Vida”, “el ciclo generacional”, y si bien “el Vaquero” es factor de que se dé “el Nacimiento”, es “la Mujer Embarazada” quien lo sufre. Representa la feminidad. Todo lo aguanta, todo lo tolera, todo lo soporta; encima de todo lo que padece por el hombre, lo quiere, he allí la razón de su rostro duro. “El Diablo” es el más ambiguo de todos los personajes, el más difícil de entender. Su color es el rojo, representa “el fuego dentro del ser humano”, y su imagen tiene el rostro del cristal con que se ve.
“‘La Muerte’ representa ‘el aire impalpable’, carece de color. Es la representación del fin de ‘la Vida’, pero es también símbolo del inicio de una nueva en el plano espiritual.
“El 30 de noviembre se hace la fiesta del ‘destape’, una tradición en la que las comparsas bailan de nuevo toda la noche y donde al final descubren sus caras y se conoce a la persona que portó ese disfraz”.2
Si bien es cierto, que el gobierno del estado de Veracruz el 23 de julio de 2007 decretó la Festividad Indígena de Xantolo como Patrimonio Cultural del Estado, con diversos elementos y manifestaciones, entre ellos, la danza de los viejos, esta Dictaminadora estima que no sería redundante la proposición de la diputada Pazzi Maza, de que autoridades federales, Gobierno del Estado y el ayuntamiento de Tempoal, Veracruz, en el ámbito de competencia de la legislación aplicable, garanticen el rescate, el conocimiento, inventario, clasificación, catálogo, registro, restauración, conservación y difusión de los elementos o valores del patrimonio cultural inmaterial de la Danza de los viejos, pues se trata de todo un ceremonial, que es precisamente en el municipio de Tempoal donde se conservan mejor sus raíces, por los componentes y detalles de los elementos descritos en el presente considerando.
Por esta razón, la dictaminadora estima pertinente agregar el vocablo “ceremonial”, que además de englobar en su justa dimensión los elementos y valores en torno a esta Danza, no varía sino precisa los contenidos de la propuesta.
La diputada Zita Beatriz Pazzi Mazza, precisa en su propuesta que se trata de rescatar las expresiones originales de los pueblos originarios para distinguirlos del Halloween, que por tener actividades semejantes en el mismo periodo del año, se confunde a la niñez como producto de la mercadotecnia y la posición geográfica de la Huasteca, ya que es vecina de Entidades fronterizas.
La dictaminadora advierte, que entonces no se trata de promover ante la UNESCO la festividad del Día de Muertos declarada ya en 2003; ni de hacerlo con una forma de expresión que se da en el Estado de Veracruz con la celebración de la festividad del Día de Muertos o Xantolo, también declarado actualmente Patrimonio Cultural del Estado desde 2007.
Se trata que, desde los ámbitos local y nacional, se impulsen los trámites que establece la normatividad respectiva, referida de manera puntual en el presente dictamen, para declarar Patrimonio Cultural Inmaterial la “Ceremonia de los Viejos”, enmarcada dentro de las actividades del Xantolo con características de identidad de esta región que persisten en el tiempo, como se hace en los municipios de la Huasteca.
Noveno. Por los argumentos expuestos en los considerandos séptimo y octavo , esta dictaminadora también estima procedente, realizar los trámites y cumplir los requisitos expuestos en el considerando sexto , para promover ante la UNESCO, su elevación a patrimonio cultural inmaterial de la humanidad, el “Ceremonial de la Danza de los viejos”.
Por todo lo expuesto en cada uno de los considerandos del presente Dictamen, esta Comisión Dictaminadora concluye que son procedentes y viables, los dos contenidos de la presente Proposición, mismos que guardan estrecha relación, ya que los trámites ante la UNESCO, implican cumplir previamente requisitos en los ámbitos local y nacional del país.
Con base en lo anteriormente expuesto, fundado y motivado, la Comisión de Cultura y Cinematografía, considera que es de resolverse y se
Resuelve
Artículo Único. Se exhorta al director general del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, así como al presidente del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, al gobierno del estado de Veracruz y al ayuntamiento de Tempoal, Veracruz, a efecto de que garanticen el rescate, conocimiento, inventario, clasificación, catálogo, registro, restauración, conservación y difusión de los elementos o valores del patrimonio cultural inmaterial del “Ceremonial de la Danza de los viejos”, así como el análisis y propuesta ante la UNESCO de elevarlo a patrimonio cultural inmaterial de la humanidad.
Notas
1 Son 33 los municipios de la Huasteca Veracruzana: Pánuco, el Higo, Pueblo Viejo, Tampico Alto, Tempoal, Ozuluama, Chiconamel, Platón Sánchez, Chalma, Tantoyuca, Tantima, Tamalín, Chinampa de Gorostiza, Naranjos Amatlán, Tamiahua, Huayacocotla, Ilamatlán, Zontecomatlán, Texcatepec, Zacualpan, Benito Juárez, Tlachichilco, Ixcatepec, Chicontepec, Ixhuatlán de Madero, Chontla, Tepetzintla, Temapache, Castillo de Teayo, Citlaltépetl, Tancoco, Cerro Azul y Túxpam.
2 Publicado por El trío huasteco en htttp://eltriohuasteco,blogspot.mx/
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, salón de sesiones de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, a 27 de noviembre de 2013.
Signan el presente dictamen los diputados integrantes de la Comisión de Cultura y Cinematografía.
La Comisión de Cultura y Cinematografía
Diputados: Margarita Saldaña Hernández (rúbrica), presidenta; Raquel Jiménez Cerrillo, Irma Elizondo Ramírez (rúbrica), Eligio Cuitláhuac González Farías (rúbrica), Luis Armando Córdova Díaz (rúbrica), Aurora Denisse Ugalde Alegría (rúbrica), Sonia Rincón Chanona (rúbrica), Zuleyma Huidobro González (rúbrica), Judit Magdalena Guerrero López, Hugo Jarquín, Roberto López González (rúbrica), Víctor Oswaldo Fuentes Solís (rúbrica), secretarios; Claudia Elena Águila Torres, Alma Jeanny Arroyo Ruiz, Juana Bonilla Jaime (rúbrica), Frine Soraya Córdova Morán (rúbrica), Blanca Estela Gómez Carmona, Blanca Jiménez Castillo, Gerardo Francisco Liceaga Arteaga, José Martín López Cisneros (rúbrica), María del Carmen López Segura (rúbrica), María Angélica Magaña Zepeda, Carla Alicia Padilla Ramos (rúbrica), Tanya Rellstab Carreto (rúbrica), Roberto Carlos Reyes Gámiz (rúbrica), Rosa Elia Romero Guzmán (rúbrica), Hugo Sandoval Martínez, Martín de Jesús Vásquez Villanueva (rúbrica), María Beatriz Zavala Peniche


GRAN DESTAPE DE COMPARSAS EN TEMPOAL 30 DE NOVIEMBRE DEL 2013

           El Comité Central de Comparsas, culmino el 2013 con el destape tradicional de los enmascarados, celebrado el 30 de noviembre tal y como lo marca la tradición, desde el día 29 por la noche se miraban los preparativos en el armado de tarima en donde las comparsas habrían de destaparse al día siguiente, el día 30 por la mañana integrantes del comité central concluían con la escenografía y adornos en donde las representantes de las comparsas serian coronadas.
          En punto de las 5:30 de la tarde las bellezas que engalanarían el evento así como el publico y las comparsas se dieron cita y dar inicio al programa que estuvo apadrinado por la Lic. Jeanett Martinez Etienne, representante de la casa de Gobierno de la zona norte.
          En punto de las 7 de la noche la pasarela de las representantes que habrían de ser coronadas hizo que el publico se entusiasmara por tan exquisitas obras de arte como lo fueron los vestidos bordados y pintados a mano.
          La coronación corrió a cargo de la madrina Lic. Jeanett Martinez Etienne, que al hacer uso de la voz, entrego el saludo del Gobernador Dr. Javier Duarte de Ochoa, y del Lic. Manuel de León Maza, quienes han estado pendientes de las necesidades de las festividades y las comparsas.
          Posteriormente las comparsas hicieron gala de sus danzas y bailando al ritmo de los sones tradicionales hicieron vibrar al publico que los ovacionaba en todo momento.
          Por ultimo y tal como lo marca la tradición, cada danzante en el tradicional son de el tapado, fueron despojándose de la mascara para recobrar su identidad, asperjados por las reinas con aguardiente y agua, como una manera de limpiarlos de cualquier energía contraída mientras prestaban su cuerpo al alma de los difuntos, de esta manera El Comité Central Concluye las festividades edición 2013.



jueves, 26 de julio de 2012

 
Esta es la imagen de Ixcuina o Tlazoltéotl,  hallada en Tempoal; Veracruz. con 51 cm. de ancho por 1.51cm de alta, actualmente se encuentra en el museo  de antropologia de la ciudad de Xalapa, Ver.

­Tlazoltéotl –Ixcuina: “La Gran Flechadora”.
Análisis etimológico de su denominación huaxteca.

RESUMEN
El presente trabajo analiza desde el punto de vista lingüístico el término Ixcuina, perteneciente al idioma huaxteco. Aborda las interpretaciones que diversos cronistas e investigadores han propuesto en torno a su traducción y, con base en la gramática de esa lengua, fuentes etnohistóricas y materiales arqueológicos provenientes de la Huaxteca, se ofrece una nueva hipótesis sobre el significado del vocablo Ixcuiname.[1]
1. Introducción
A principios del siglo XVI, la diosa Tlazoltéotl figuraba entre la multitud de deidades que veneraban los pueblos indígenas del México central. De todos los cronistas coloniales, Fray Bernardino de Sahagún nos legó el más amplio registro de esta mujer sagrada - cuyo nombre en náhuatl literalmente se traduce como “Diosa de la Basura”-, a la que denominó “Diosa de las cosas carnales”, “otra Venus”, ya que su jurisdicción divina comprendía todos y cada uno de los aspectos relativos a la sexualidad. (Sahagún 1982, Lib.I, Cap. XII: 36-38)
Sahagún refirió otros dos nombres con los que también se reconocía a Tlazoltéotl: uno de ellos era Ixcuina, advocación que le correspondía, según el padre franciscano, por estar conformada por cuatro hermanas: Tiacapan, “la primogénita o hermana mayor”; Teicu, “la segunda o hermana menor”; Tlaco, “la de en medio” y Xucotzin, “la menor de todas”.
En su forma colectiva estas cuatro mujeres recibían el nombre de Ixcuiname y, al igual que Tlazoltéotl, sus atributos quedaban relacionados con el deseo sexual.
El tercer nombre con que se identificaba a Tlazoltéotl era Tlaelcuani que se traduce como “Comedora de Inmundicias”, en la medida que si bien la deidad provocaba las apetencias pecaminosas de la carne, tenía al mismo tiempo el don de perdonar las infracciones a la conducta sexual sancionada.
Tanto los vocablos Tlazoltéotl como Tlaelcuani, son de origen náhuatl, pero el término Ixcuina ha sido objeto de diversas interpretaciones ya que la etimología de la voz no concuerda con el idioma de los pueblos nahuas. Por considerar que su traducción reviste gran interés para el conocimiento del significado de dicha diosa, enfocaré este estudio a su denominación huaxteca.
2. Ixcuina e Ixcuiname. Diversas interpretaciones sobre su etimología
Como se vio en líneas anteriores, Sahagún aseveró que Ixcuina es una denominación que se debía al carácter cuádruple de la deidad ya que se desdoblaba en cuatro mujeres –hermanas- de distintas edades.
Pero por otra parte, el propio fraile advierte que Ixcuina era un término también equivalente al “nombre de un animal como lobo”, (1982, Lib.I, Confutación: 62). No obstante, en el apartado De los animales como zorros, lobos y otros animales semejantes de su Historia General, el franciscano no menciona ninguna de aquellas especies con el nombre de Ixcuina o Ixcuiname.
Por otro lado, el intérprete del Códice Telleriano-Remensis (1964. Lam. XX: 216) afirma que “Ixcuina quiere decir diosa desvergonzada y de dos caras”. José Corona Núñez, comentarista y editor del Códice mencionado, refiere que “Ixcuina parece significar la que tiene cuatro caras pues… tenía cuatro distintas advocaciones representadas por cuatro hermanas” (Ibíd.)
El historiador Rafael Tena (1993:79), define Ixcuiname como “Las que toman varios rostros”. Estableció lo anterior, partiendo del siguiente razonamiento etimológico: la partícula ix deriva de ixtli, “cara” o “rostro”. Cui significa “tomar” que conjugado en participio activo adquiere la forma de cuini; por último, el sufijo -me es un pluralizador del idioma náhuatl. La voz sería Ixcuinime, pero en opinión de Tena, sufriría modificación vocálica o lingüística, quedando el vocablo como Ixcuiname (Comunicación personal).
Aún cuando las interpretaciones arriba mencionadas son plausibles, es menester señalar que la voz Ixcuina no guarda correspondencia con la lengua náhuatl. Así lo señala Ángel María Garibay en su Vocabulario al asignarle a la palabra una etimología incierta. Por ello, el autor especula que probablemente el término significa “cuatrifásica”, en clara alusión al texto de Sahagún donde se especifica la naturaleza cuádruple de la diosa (Ver Sahagún 1982, Vocabulario: 932)
De igual manera, Thelma Sullivan (1982:12-13) observó que Ixcuina no tiene raíces nahuas por lo cual concluyó que la voz debía ser un “préstamo” de otra lengua, concretamente de la huaxteca. Fundamentó su apreciación en el hecho de que las imágenes pictográficas de diversos códices, los del Grupo Borgia, por ejemplo, muestran a Tlazoltéotl-Ixcuina ataviada con una banda de algodón y dos husos en el tocado, mismos que le confieren un carácter de diosa del hilado y del tejido.
Estos elementos, infirió Sullivan, podrían ser un glifo indicativo de su nombre; por tanto posiblemente la deidad estaría relacionada a una importante región cultivadora de algodón y en donde existieron hábiles artesanos que trabajaron esta fibra en época prehispánica: la Huaxteca.
En idioma huaxteco, refiere la autora, el prefijo ix equivale a “mujer” o “señora”, en tanto que cuinim significa, basada en el Vocabulario huasteco de Larsen (1955), “algodón”. Ixcuina, entonces, puede traducirse como “Señora del Algodón” o “Diosa del Algodón”.
Asimismo, la investigadora determinó que Ixcuiname podría ser la nahuatlización del término huaxteco ya que, como quedó dicho, el sufijo -me es un pluralizador de sustantivos en lengua náhuatl. Evidentemente, la pluralización del vocablo Ixcuina por parte de los pueblos nahuas, tendría relación directa con el simbolismo cuatriforme de la diosa.
Sullivan enfatiza que estableció su traducción sin tener conocimiento que Walter Lehmann había llegado exactamente a la misma conclusión en un trabajo de finales de los años treinta del siglo XX. Menciona que fue Henry B. Nicholson quien llamó su atención sobre el tema.
Al respecto, es necesario destacar que Lehmann coligió que Ixcuina debía ser un término huaxteco ya que su texto es una traducción alemana del Códice Chimalpopoca, el cual asienta que las diosas Ixcuiname llegaron a Tula procedentes de la Huaxteca. (Lehmann, 1938:101)
No obstante, y todo parece indicar que Sullivan también lo desconocía, la traducción de Ixcuina como “Señora del Algodón” se remonta años más atrás. En efecto, ya desde 1933, Hermann Beyer había hecho referencia de que Walter Staub, en un texto que data de 1924 [2], y el propio Lehmann (Beyer no cita la fuente), habían definido el vocablo Ixcuina como “La Señora del Algodón” (Beyer, 1969: 492 y 494) [3]
Beyer confuta la traducción anterior puesto que la palabra ix es “señora” o “patrona”, pero en lengua maya, mientras que el término correspondiente en huaxteco es uxum (Beyer 1969, nota 6: 494). Sobre este punto volveré más adelante.
Por otro lado, el investigador francés Jacques Soustelle, aseveraba desde 1939 que Ixcuiname no parecía una voz azteca:
Quizá pertenezca a la lengua de los huastecos del este de México, lengua emparentada con la familia maya; al parecer ix-cuynin quiere decir “algodón”. En efecto, Tlazoltéotl y sus cuatro “reflejos” siempre llevan la cabeza ceñida por una banda de algodón en bruto en que están colocados unos husos. (Soustelle, 1982: 123) [4]
Se observa que el autor no apoyó su traducción en las de Staub y Lehmann, ya que no define el vocablo como “Señora del Algodón” sino simplemente como “algodón”. Independientemente de las vicisitudes cronológicas en torno al desciframiento del término Ixcuina, lo importante aquí es destacar la gran coincidencia de que diversos estudiosos, por separado y por distintas vías, hayan advertido que el contenido etimológico del nombre de la diosa tenía raíces huaxtecas.
3. Ixcuina ¿Señora del algodón?
Ahora bien, comparto la opinión de Beyer en lo relativo a que ix no significa “señora” o “mujer” en idioma huaxteco. De acuerdo al Vocabulario en lengua huaxteca de Carlos Tapia Zenteno (1767:74), el término equivalente a “mujer” es, tal y como lo afirma Beyer, uxum, en tanto que la voz correspondiente a “señora”, (madre de familia), es uxum tzalle.
De igual forma, Ramón Larsen (1955: 130 y 168), traduce uxum como “dama” o “mujer” y mimlab como “señora” (madre de familia). Resulta entonces cuestionable la traducción que más atrás se ha referido sobre la palabra Ixcuina.
En efecto, en huaxteco ix no se utiliza como apócope de uxum. De hecho, ux es el morfema radical o raíz que sirve para construir palabras relativas a la mujer, tales como uxquae “vieja”, y uxquaetalab “vejez de mujer”. (Tapia Zenteno 1985: 128).
Quizá uxum sufra transformaciones fonéticas como en el caso del vocablo oxomoco que, en opinión de Tena, deriva de uxum (oxom) y de ocox (oco), que significa “primero”. La traducción sería “primera mujer” (comunicación personal). Se observa que la raíz ux se modifica en ox, no así en ix.
Interpretando a Tapia Zenteno (1767:15), uxum puede ser sustituido por ixal “esposa”, siempre y cuando en la construcción gramatical la palabra “mujer” venga precedida de los semipronombres posesivos “mi”, “tu” o “su”, que en huaxteco son u, a o ana e in, respectivamente. Así pues, “mi mujer” se traduce uixal; “tu mujer” aixal o anaixal y “su mujer” inixal.[5]
El término ixal –vocablo que se aproxima más al prefijo ix de Ixcuina -, también se utiliza para referir a la mujer; pero a la mujer “propia”, o en sentido estricto a la “esposa”, De esa manera, en caso de que ix fuera la raíz de ixal, la traducción de Ixcuina sería “esposa del algodón, que bajo mi óptica, carece de sentido.
De acuerdo a la especialista en lengua huaxteca, Ángela Ochoa, (comunicación personal), desde el punto de vista lingüístico ix es una raíz con la que se construyen palabras que semánticamente se agrupan en:
1. Lo femenino
2. La acción de la germinación de las plantas y
3. La acción de desgranar maíz o desmenuzar.
Todo parece indicar que los autores que definieron Ixcuina como “Señora del Algodón” –Staub, Lehmann y Sullivan-, se basaron en el primer significado de ix, pues éste es un prefijo marcador de “femenino” y que también puede significar “hembra”.
Para ejemplificar la utilización de este prefijo, cito la palabra ix k’adhaw que Ramón Larsen (1955: 31 y 151) traduce como “guajolota”. Sin embargo, si partimos de este razonamiento, una posible traducción de Ixcuina, sería “Algodón hembra” o “Algodón femenino”, pero no “Señora del Algodón”. De esa forma, si bien ix denota lo “femenino”, no equivale a “mujer”, “señora” y mucho menos “diosa”.
Luego entonces, es posible advertir que la etimología tradicionalmente aceptada para la palabra Ixcuina, contiene un alto margen de duda. Es decir, el significado del vocablo como “Señora del Algodón”, no aprueba el escrutinio lingüístico a que fue sometido por las reglas gramaticales del idioma huaxteco.
4. Nueva hipótesis lingüística de Ixcuiname
Ahora bien, durante mi búsqueda en los diversos Vocabularios huaxtecos, encontré un dato que me pareció de fundamental importancia. Muy posiblemente la partícula cuina no provenga de cuynim “algodón”, sino de la raíz cuy, de la cual derivan palabras tales como cu[y] il (Kwi´il) “flechador” o “arquero” y el verbo cuynal “flechar” o “apedrear”, y que conjugado en pretérito es cuynenec. (Tapia Zenteno 1985: 104).
Lo anterior me remitió de manera directa al pasaje referido del Códice Chimalpopoca, que relata la llegada a Tula de las Ixcuiname, quienes iban procedentes de la Huaxteca para implantar el tlacacaliliztli, “sacrificio de hombres por flechamiento”, que era un rito sangriento de fertilidad. Según la crónica, el acontecimiento sucedió de la forma siguiente:
“Ya vamos a Tollan; seguramente llegaremos a la tierra y haremos la fiesta; hasta ahora nunca ha habido flechamiento y nosotras vamos a iniciarlo; nosotras os flecharemos. Después que lo oyeron sus cautivos (huaxtecas), se afligieron y echaron a llorar. Ahí empezó este flechamiento (tlacacaliliztli), con que se celebraba la fiesta de las Ixcuiname, cuando se decía (el mes) Izcalli.” (Códice Chimalpopoca 1945:13)
Se observa que la principal función de las Ixcuiname dentro del ritual, sería el flechamiento de hombres. Es decir, la fuente pone de relieve, antes que cualquier otro de sus atributos, el papel que juegan las diosas como flechadoras, incluso como las inauguradoras del sacrificio por flechamiento.
En este contexto, me inclino a pensar que el significado etimológico de Ixcuiname alude más al vocablo huaxteco cuynal “flechar” que a cuynim “algodón”. Así pues, haciendo un análisis de la estructura del término, ix es un prefijo marcador de “femenino”, que no se traduce como “mujer” o “señora”; como quedó dicho cuynal significa “flechar” y, por último, el sufijo –me es un pluralizador del idioma náhuatl. De esa manera, una traducción alternativa para la voz Ixcuiname sería “Las que flechan” o, en una interpretación todavía más libre, “Las Flechadoras”.
Ángela Ochoa no descarta esta posibilidad, aún cuando gramaticalmente el prefijo ix como marcador de femenino, no se agrega a verbos sino a nombres. Sin embargo, no parece remoto que la etimología de la voz tenga una mayor cercanía con el “flechamiento”, que con el “algodón”.
La investigadora Angélica Baena Ramírez, en un reciente estudio menciona que la traducción aquí planteada es plausible y apunta:
Aunque muchos autores han seguido con entusiasmo la propuesta de Sullivan,.. considero que la persistente aparición iconográfica de elementos de algodón, más que indicarnos que sea la diosa patronal de las tejedoras, podría estar haciendo referencia a que ella es, como deidad lunar, la diosa del tiempo, la que “hila” los destinos… [6]
Por su parte, Rafael Tena, en su Catálogo de Dioses [7] define Ixcuiname como “las que toman varios rostros”, pero alternativamente menciona la traducción que aquí se ha dado del vocablo como “Flechadoras”.
Por otro lado, existe evidencia arqueológica de la Huaxteca que podría convalidar tal planteamiento. En efecto, los materiales arqueológicos de esa área cultural que nos permiten ver a Tlazoltéotol-Ixcuina, la muestran como “Diosa Flechadora”, no como “Diosa Algodonera”.
Al respecto, cabe destacar la presencia de la deidad en el pectoral de concha que fue objeto de estudio por parte de Hermann Beyer en 1933 (Ibid), así como el mural huaxteco de Tamuín, S.L.P., estudiado por Wilfrido Du Solier en 1946.[8] (Ver figuras 1 y 2)
En ambos casos, la diosa aparece con características iconográficas que nos recuerdan las imágenes más conocidas de Tlazoltéotl-Ixcuina registradas por los códices de otras áreas mesoamericanas. Sin embargo, en los materiales huaxtecos, que posiblemente datan del Posclásico temprano, la diosa es representada con un yelmo en forma de calavera, en lugar de husos de algodón ensartados en el tocado.
La calavera en la cabeza representa el inframundo, lo que patentiza su carácter de diosa madre de la tierra y de la fertilidad. A su vez, en ambas imágenes la diosa aparece armada con flechas, por lo que queda relacionada al sacrifico humano, específicamente con el de flechamiento.
De esa forma, las representaciones conocidas de la deidad en la Huaxteca la muestran como diosa flechadora que participa, de acuerdo a la interpretación que se le ha dado a la escena del pectoral, en mitos de creación en compañía del dios Mixcoatl, también asociado al flechamiento y al sacrificio humano.
En este contexto, Johannes Neurath [9] señala la importancia del tlacacaliliztli en la Huaxteca e incluso postula la probabilidad de que algunos de los rasgos del ritual del flechamiento, hayan sido adoptados por las sociedades indígenas del sureste de Norteamérica, durante el periodo Posclásico.
Finalmente, la nueva hipótesis lingüística del significado de Ixcuiname como “Las Flechadoras”, en forma alguna elimina el simbolismo de Tlazoltéotl –Ixcuina como deidad relacionada al algodón, al hilado y al tejido. De hecho, la naturaleza cuádruple de la diosa, guardaba una estrecha vinculación con esa fibra vegetal y con los distintos procesos de manufactura de prendas de algodón.
BIBLIOGRAFIA
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RINCON HUAROTA, Ricardo. Tlazoltéotl-Ixcuina. Un caso de sincretismo en la religión mexica. (Tesis de Licenciatura en Arqueología) México, ENAH, 1997.
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